Temas de Doctrina

lunes, 22 de mayo de 2017

Procedimiento Administrativo - Finalidad

En torno a la finalidad del procedimiento administrativo, bien: 
GARCIA DE ENTERRIA explica claramente este “doble sentido” del procedimiento administrativo, cuando dice que si bien éste constituye una garantía de los derechos de los administrados, también persigue el aseguro, pronto y efectivo, de la satisfacción del interés general (GARCIA DE ENTERRIA, EDUARDO Y FERNANDEZ, TOMÁS RAMÓN, Curso de Derecho Administrativo,
tomo II, 6ª ed., Civitas, 1999, p. 433).

Otros autores señalan —quizás con otras palabras, pero iguales ideas— que el procedimiento administrativo tiene además la finalidad de asegurar una pronta satisfacción del interés general (HUTCHINSON, TOMÁS, Régimen de Procedimientos Administrativos Ley 19.549, 4ª ed., Astrea, 1998, p. 31).
A su vez, el procedimiento es definido como un instrumento que permite controlar el acierto —oportunidad, mérito y conveniencia— de las decisiones estatales en relación con el interés público que sirve de sustento a las intervenciones del Estado (CASSAGNE, JUAN CARLOS, Derecho Administrativo, obra citada, tomo II, p. 653).

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