Temas de Doctrina

viernes, 10 de abril de 2015

La voluntad de los agentes en los actos administrativos por Bartolomé A. Fiorini. LL. 154-1069.



Sumario: I. Relación administrativa. II. El agente y el órgano. III. El órgano y su titular. IV. Relación con el órgano y relación con el servicio. V. Institucionalidad y vicios del acto administrativo. VI. Proceso de Razón e invalidez del acto administrativo.

“Todo acto administrativo es el producto de un proceso de razón que se realiza en forma exterior y objetiva. El sujeto raciocinante, que tanto exalta Leibniz como el creador y buscador de la verdad, aquí aparece en un rango instrumental. Lo que interesa es el proceso exterior de razón, que se desenvuelve para justificar la equidad del resultado dentro de la norma aplicada; la intensión y voluntad del sujeto no adquiere relevancia. Por eso hay error en trasladar el vicio de arbitrariedad que proviene del raciocinante y no del raciocinio exterior, que puede comprobar la irrazonabilidad. En la arbitrariedad siempre hay un acto de voluntad del sujeto y se justifica en el quehacer de los magistrados judiciales, mientras que la irrazonabilidad, que tiene cierto parentesco con la anterior por la ilogicidad, es el producto del proceso del raciocionio. La irrazonabilidad en este caso se prueba exteriormente.”. p. 1077.

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