El ius variandi
importa una cláusula exorbitante, al decir de Dromi: “Son cláusulas derogatorias del derecho común, inadmisibles en los
contratos privados, porque rompen el principio esencial de la igualdad de
contratantes y de la libertad contractual que prima en la contratación civil.”
Roberto Dromi, Derecho Administrativo, Ciudad Argentina Editorial de Ciencia y
Cultura, Buenos Aires 2001, 9ª Edición actualizada p.369.
“Las cláusulas exorbitantes pueden ser virtuales o
implícitas y expresas o concretas; ejemplos de las primeras son las que
autorizan a la
Administración a rescindir o modificar unilateralmente el
contrato, a dirigir y controlar su ejecución. Son Cláusulas expresas las
incluidas concretamente en el texto de un contrato.” Roberto
Dromi…p.370
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